La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha convocado las subvenciones a la suscripción de pólizas de seguros agrarios incluidos en los planes nacionales de seguros agrarios combinados, con la finalidad de incentivar la suscripción de pólizas. Para cualquier duda, los agricultores y ganaderos pueden acudir a las oficinas de ASAJA.

La formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre y cuando el período de suscripción esté comprendido entre el 1 de junio de 2022 y el 31 de mayo de 2023. En el caso de pólizas de seguro renovable, tendrá la consideración de solicitud de subvención, la póliza de contrato de seguro inicialmente suscrita, juntamente con el recibo de pago de la correspondiente anualidad.

Requisitos

Los beneficiarios serán las personas físicas y jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes y explotaciones de titularidad compartida, que siendo titulares de una explotación agraria suscriban con las entidades aseguradoras o agentes autorizados integrados en Agroseguro. Asimismo, deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social y estén incluidos en la Base de Datos para el Control Integral de Acceso a Subvenciones (CIAS) del Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente gestionada por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA).

Cuantía

  • Consistirá en un porcentaje de la prima comercial base neta, correspondiente a las explotaciones ubicadas en el ámbito territorial de Castilla y León.
  • En el caso de personas físicas, titulares de explotaciones agrarias, que tengan la consideración de joven agricultor, los porcentajes se incrementarán en 10 puntos porcentuales sobre los establecidos en el Anexo.
  • Se concederá una subvención adicional por un importe del 65% de la subvención concedida a aquellos beneficiarios que sean titulares de parcelas con siniestros declarados como indemnizables ocasionados por el topillo campesino (Microtus arvalis).
  • No se concederán las subvenciones para la contratación de seguros agrarios cuando el importe total de la subvención sea inferior a 30 euros por póliza, independientemente del número de titulares que se incluyan en la póliza.
  • El importe máximo de la subvención por póliza se establece en 3.000 euros.

¿Qué documentos necesito?

La formalización de la póliza del seguro tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre y cuando se realice dentro de los periodos de suscripción establecidos en los correspondientes Planes Nacionales de Seguros Agrarios Combinados, y se encuentre correctamente cumplimentada, o haya sido subsanada, en su caso, por Agroseguro. En el caso de pólizas de seguro renovable, tendrá la consideración de solicitud de subvención, la póliza de contrato de seguro inicialmente suscrita, juntamente con el recibo de pago de la correspondiente anualidad. Se presumirá que el pago del recibo de la póliza constituye la manifestación de la aceptación de las condiciones del seguro y de la concurrencia de los requisitos para la percepción de las subvenciones correspondientes.

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