El pasado 6 de abril se abrió el plazo de presentación de las declaraciones de IRPF y patrimonio de 2021. Todas las organizaciones provinciales de ASAJA cuentan con departamento fiscal al servicio de los agricultores y ganaderos, un servicio que les permite llevar al día todos sus asuntos y papeles y poder así centrarse en su actividad.
Los Servicios Técnicos de ASAJA Castilla y León resumen las principales novedades que repercuten en los profesionales de la agricultura y la ganadería, que pueden consultar todos los detalles en nuestras oficinas.
Quién tiene que declarar
Se mantienen los criterios de la anterior sobre quién tiene obligación de declarar, entre otros, los contribuyentes titulares de actividades económicas, incluidas las agrícolas y ganaderas, sea cual sea el método de determinación del rendimiento neto de las mismas, siempre que los rendimientos íntegros junto con los del trabajo y del capital, así como el de las ganancias patrimoniales sea superior a 1.000 euros anuales.
Reducciones
En primer lugar, ASAJA recuerda que en esta campaña de Renta se mantiene el aumento en la reducción del 5% al 20% del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva en el IRPF para las actividades agrarias.
Como otras campañas, el Ministerio de Hacienda tiene pendiente la publicación de la normativa específica que modificará en parte los módulos que se aplican al sector, a causa de las adversidades climáticas de 2021. Sin conocer estas modificaciones, es imposible comenzar a culminar la tramitación de declaraciones. En este sentido, ASAJA solicita al Ministerio que publique con rapidez esta orden, teniendo en cuenta incidencias climatológicas y circunstancias excepcionales (como dificultades de mercado u otras) que en 2021 afectaron a varias zonas y acarrearon pérdidas en diversas producciones.
A la espera de que se publique la normativa sobre posibles reducciones de módulos por adversidades climáticas y otras circunstancias excepcionales del año pasado, en las oficinas de ASAJA ya estamos asesorando a los profesionales del campo en esta gestión, recopilando los datos fiscales y la documentación necesaria.
Ayuda 1ª instalación
En la declaración de 2020 se permitió a quienes habían recibido una ayuda para primera instalación de jóvenes agricultores desde enero de 2020 que pudiera ser declarada a lo largo de cuatro ejercicios fiscales. En esta campaña se mejora la forma de consignar en la declaración del impuesto esta ayuda, que puede imputarse por cuartas partes (en el período impositivo en el que se obtengan y en los 3 siguientes). Desde el espacio digital de la Agencia Tributaria Renta Web, se informará de las cantidades pendientes de imputar en los próximos periodos impositivos. De esta forma, en los ejercicios siguientes se informará al contribuyente en sus datos fiscales de las ganancias pendientes de imputar.
Límites para estimación objetiva
La ley de presupuestos generales del estado para el año 2022 incluyó la prórroga de los límites excluyentes del método de estimación objetiva del IRPF y para la aplicación de los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca en el ejercicio 2022, en los mismos términos que se viene haciendo cada año desde 2016. Así, se mantiene para el año 2022 el actual límite de 250.000 euros para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas.
CALENDARIO
- 27 de junio de 2022: Fecha límite para presentar declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria.
- 30 de junio de 2022: Fin de la Campaña. Último día para presentar las declaraciones de IRPF y Patrimonio 2021.