Mañana viernes, 11 de junio, se abre el plazo de solicitud de subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) que garanticen préstamos para financiación. Pueden acceder a esta línea titulares de explotaciones agrarias y también, por primera vez, industrias agroalimentarias.
La finalidad de estas subvenciones es facilitar el acceso a la financiación de aquellas actividades que se vean afectadas por adversidades climáticas y situaciones desfavorables de mercado.
Las solicitudes se presentarán en el plazo marcado en la convocatoria ( del 11 de junio al 10 de septiembre), concediéndose las ayudas por orden de presentación, en régimen de concesión directa.
Pueden ser beneficiarios, entre otros, los titulares de explotaciones agrarias, inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas o en el Registro General de la Producción Agrícola y que obtengan al menos un 25% de sus ingresos de la actividad agraria en el año anterior al de la presentación de la solicitud o en los tres años anteriores teniendo en cuenta el dato medio. Este último requisito no se aplicará a los titulares de explotación que hayan iniciado la actividad agraria dentro de los tres años anteriores a la convocatoria.
Estas ayudas financian el importe total de la comisión del aval de SAECA para los préstamos que soliciten los beneficiarios. Además, se financiará la comisión de estudio del aval en determinados casos.
El coste de los avales subvencionables será:
- El 0,50% del importe avalado para la comisión de estudio, por una sola vez a la formalización del préstamo.
- El 1,15% para la comisión del aval, anual sobre el saldo vivo del préstamo avalado.
La subvención y pago del aval se concederá en una sola anualidad, y para su cálculo se considerarán los 6 primeros años comprendidos en el plazo de amortización del crédito.
Estas ayudas están consideradas de minimis, por lo que no se pueden superar el límite de 20.000 euros establecido para las empresas dedicadas a la producción primaria agrícola durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.